Se declaró PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso contencioso tributario interpuesto por la empresa DIAGEO VENEZUELA, C.A. (DIAGEO), contra de la Resolución Nro. SNAT/INA/GAP/APLPP/AA/2009/0521 de fecha 14 de octubre de 2009, emanada de la Gerencia de la Aduana Principal Las Piedras-Paraguaná del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (S.E.N.I.A.T.), que impone multa por monto de Bs. 48.998,40 y exige pago por impuesto de de importación por Bs 24.499,20 y Bs 1.224,96 por Tasa por Servicio de Aduanas y 20.818,79 por Impuesto al Valor Agregado, así como pena de comiso sobre las mercancía importada; y, en virtud de la presente decisión: Primero: Se confirma la sanción impuesta de Bs. 48.998,40. Segundo: Se ordena la entrega de la mercancía retenida. No hay condenatoria en costas procesales a las partes debido a que ninguna de ellas fue totalmente vencida en esta controversia.