En fundamento a lo anteriormente expuesto, este Juzgado Primero de los Municipios Maturín, Aguasay, Santa Bárbara y Ezequiel Zamora en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, imparte la correspondiente homologación al presente desistimiento, por lo que homologado tiene carácter de cosa juzgada, archívese el expediente; previa devolución mediante cheque de gerencia, del dinero consignado en la cuenta ahorro N° 175-0069-43-0060327290, en el Banco Bicentenario cuyo titular es la Sociedad Mercantil CIUDAD COMERCIAL PETRORIENTE, C.A., y se proceda a cancela la cuenta, ofíciese al Banco Bicentenario.- Cúmplase.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, a los 28 días de Julio de 2010. Siendo las 09:40 A.M. Años 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
Publíquese. Regístrese. Déjese copia para el copiador de sentencias.
El Juez Titular
Abg. Luís Ramón Farías García La Secretaria Temp,.....