Por consiguiente, en este acto la parte actora y la apoderada judicial, manifiestan al Tribunal estar conformes con la suma de dinero propuesta y aceptan el acuerdo de pago en los términos expuestos por la accionada, y declarando que nada más le adeuda la SOCIEDAD MERCANTIL MANTENIMIENTOS INTEGRALES BARQUISIMETO C.A. Y SERGEMAN 2019 C.A, representada por el apoderado judicial abogado VICENTE EMILIO MARTÍNEZ ALFONZO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. V- 4.576.505, Inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado No. 105.837 con motivo de la prestación de servicios con la demandada por concepto de prestaciones sociales y accidente de trabajo. Por las razones y fundamentos antes expuestos en la presente acta este JUZGADO DÉCIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA L.....