Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos ejercida conjuntamente con la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano ALIRIO JOSÉ CARABALLO GUZMAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 7.958.660, asistido por el abogado JOSÉ JESUS GUEVARA ORTIZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 217.436, interpuso recurso contencioso administrativo funcionarial contra el acto administrativo contenido en el oficio SNAT-2015-001235, de fecha 21 de enero de 2015, suscrito por el ciudadano Superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).