DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, ESTA SALA DIEZ DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, ACTUANDO EN SEDE CONSTITUCIONAL, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: ÚNICO: Se declara INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por las ciudadanas LUCIA GOMEZ DE DELGADO y MAGALY CAROLINA GODOY CAMERO, abogadas en ejercicio e inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 11.914 y 41.705, respectivamente, en su condición de defensoras del ciudadano JOSÉ RAMÓN PÉREZ MARGARIT, titular de la cédula de identidad № V-2.096.903, "...contra la OMISION DE PRONUNCIAMIENTO JUDICIAL, en la que ha incurrido. El Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia en Funciones (sic) de Juicio de este Circuito Judicial Penal...al no pronunciarse sobre la solicitud de declaratoria de la evidente presc.....