Por todos los razonamientos antes expuestos; este Juzgado Segundo Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de hecho interpuesto por el ciudadano ALEJANDRO JOSEPH GERARD LYSIAS, titular de la cedula de identidad Nº 18.932.713, debidamente asistido por el abogado CARLOS BAYARDO, inscrito en el IPSA, bajo el Nº 144.602, parte actora, en juicio que por CALIFICACION DE RETIRO JUSTIFIADO sigue contra la empresa CONSTRUCTORA MACREDI C.A., en causa signada bajo el Nro. AP21-S-2016-000660, contra el auto de fecha 01-07-2016, dictado por el Juzgado (42º) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, que negó la apelación contra la sentencia de fecha 15-06-2016. SEGUNDO: SE CONFIRMA el auto apelado.-