CAPITULO III
DISPOSITIVA
Por todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal Octavo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Aragua, ACUERDA: LA CAPTURA de la acusada: NELYIBETH SARAY RUIZ MARTINEZ, titular de la cédula de identidad N° V-28.525.405, por encontrarse el mismo evadido del proceso, en tal sentido, una vez capturad la precitada ciudadana deberá ser trasladada a la sede de este Circuito Judicial Penal del esta Aragua y puesta a la orden del Tribunal Competente, por existir la presunción fundada de no asistir a los actos del proceso. Revocatoria que obedece, de conformidad con lo previsto en el artículo 250, 248 numerales 1 y 2 ambos del Código Orgánico Procesal Penal vigente, en concordancia con lo previsto en el ordinal 1° del artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Líbrese oficio al Jefe de la División de Captura del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, .....