DISPOSITIVA
Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: El DECAIMIENTO DE LA ACCIÓN por pérdida del interés procesal, en la Solicitud de SEPARACIÓN DE CUERPOS, que incoaran los ciudadanos CLODOMIRO PEÑA MALDONADO y GREGORIANA DEL CARMEN CAÑIZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V- 7.216.098 y V- 5.759.808 respectivamente. Dado, Firmado y Sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Maracay a los (28 ) días del mes de Septiembre del año dos mil Quince (2015). Años 205° de la Independencia y 156° de la Federación. Regístrese, Publíquese. El Juez Fdo Ilegible Abg. Mazzei Rodríguez Ramírez. El Se.....