Por los razonamientos antes expuestos y conforme a la normativa legal citada ut supra, este Juzgado Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara:
UNICO: Consumada la perención y en consecuencia extinguida la instancia en el presente proceso que por COBRO DE BOLIVARES, fue interpuesto por La Sociedad Mercantil Hidroneumáticos Hideca C.A, contra la Sociedad Mercantil Desarrollos Sady Mar C.A.
No hay condenatoria en costas, de conformidad con lo establecido en el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil.