En razón de todos los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: La confesión ficta del ciudadano Juan Evangelista Hernández Vivas; y en consecuencia, PROCEDENTE en Derecho la pretensión de Cobro de Bolívares contenida en la demanda incoada en su contra por el ciudadano Ángel Rafael Gómez, ambas partes identificadas en el presente fallo.