HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada; asimismo por cuanto el pago correspondiente a los salarios caídos se realizara mediante diligencia suscrita por ambas partes ante la URDD de este circuito judicial, una vez que conste en autos la cancelación del mismo se ordenará el cierre y archivo del presente expediente, así como su correspondiente cierre informático. Se deja constancia que en esta audiencia no se recibieron las pruebas traídas al Juicio, en virtud de la mediación.