este Tribunal ordena agregarla a los autos y precisa al respecto, que se pronunciará sobre su admisión en la oportunidad de la celebración de la Audiencia Oral, Pública y Contradictoria (apelación), fijada por auto expreso en fecha 26/10/2011, folio 82, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 49 ordinal 1° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el 2, 3, 4, 5, 6, 65, 69, y 155 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se establece.