Este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley en consecuencia declara: PRIMERO: La aprehensión en flagrancia del ciudadano ORLANDO JOSE MEDRANO CHALON, plenamente identificado en autos, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FISICA tipo penal previsto y sancionado en el artículo 42 encabezamiento y segundo apartes, el delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA tipo penal previsto y sancionado en el artículo 39 y por el delito de AMENAZA tipo penal previsto y sancionado en el artículo 41 encabezado y primer aparte de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a Vivir Una Vida Libre de Violencia en perjuicio de la ciudadana ISNEI JOEFINA MEDRANO, antes de identificado, de conformidad con lo establecido en el artículo 93 ejusdem; SEGUNDO: Se ordena proseguir la presente causa por las Reglas que orientan el PROCEDIMIENTO ESPECIAL, reglado en el artículo 94 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vi.....