DISPOSITIVO
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado DAVID APONTE, en su carácter de parte intimante, contra el auto dictado en fecha diecinueve (19) de octubre de dos mil doce (2012), por el Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: QUEDA CONFIRMADO el auto recurrido en lo que se refiere a la revocatoria por contrario imperio del auto de fecha quince (15) de octubre de dos mil doce (2012), que fijo oportunidad para el nombramiento de los jueces retasadores.
TERCERO: SE REVOCA PARCIALMENTE el auto de fecha diecinueve (19) de octubre de dos mil doce (2012), únicament.....