en consecuencia, este tribunal imparte la HOMOLOGACIÓN al desistimiento de la apelación, con motivo del juicio que por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO sigue el ciudadano GUILLERMO ARTURO BARRETO contra la ciudadana CRISTINA MIGUEL VALDÉZ. Se da por consumado dicho acto de conformidad con lo previsto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil.
No hay especial condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del presente fallo. Así se decide, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada. Remítase en su oportunidad legal el presente expediente al Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial de Área Metropolitana de Caracas. Años 203° y 154°.