Se dictó decisión donde este Tribunal publicó el texto integro de la sentencia declarando PRIMERO: ABSUELVE al acusados : identidad omitida, por la comisión del delito de VIOLENCIA SEXUAL.- SEGUNDO: Cesa la medida cautelar decretada en su oportunidad, decretándose su LIBERTAD PLENA. TERCERO: Exime al Estado Venezolano representado en este acto por el Fiscal del Ministerio Público del pago de las costas procesales, a tenor de lo establecido en el artículo 26 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela. Se acuerda remitir copias certificadas, de las actuaciones, y la presente decisión, a la Fiscalia Superior del Ministerio Público de este Estado, a los fines de que designen a un Fiscal de Proceso competente, y se proceda a aperturar la averiguación a que hubiere lugar a las ciudadanas LESBIA JOSEFINA GOMEZ ORTIZ, y MARIA LUISA ORTIZ BIANCHI.