or todos los planteamientos de hechos y de derechos anteriormente expuestos, es que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PROCEDENTE LA PRETENSIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, por el ciudadano: JOSE VICENTE MENDEZ TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-8.732.639, debidamente asistida por el abogado MIGUEL UTRERA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 200.819, en contra del ciudadano VICTOR MANUEL MENDEZ TORRES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.-3.516.187.
SEGUNDO: Como consecuencia de ello, queda RECONOCIDO EL DOCUMENTO PRIVADO contraído entre los sujetos procesales anteriormente identificados, cursante a los folios (07), de la única pieza principa.....