DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en el nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA PRESENTE SOLICITUD Y EN CONSECUENCIA DISUELTO EL VINCULO CONYUGAL contraído por los ciudadanos: MIRLA COROMOTO RODRIGUEZ Y JESUS ERNESTO HIDALGO PEÑA, plenamente identificados en autos, 16 de septiembre de 1.996 por ante el Municipio Francisco Linares Alcántara del Estado Aragua.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 351 de la Ley Orgánica de Protección del Niño y del Adolescente, la Patria Potestad de la hija de los solicitantes de nombre: ISSIS YOLIFERST, será ejercida por ambos padres, mientras que la Guarda será ejercida por la madre. En cuanto al Régimen de Visitas, el padre compartirá con su hija todos los días en un horario de 06:00 p.m. a 09:00 p.m. Los días festivos serán compartidos, el d.....