DECISION
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Procedente la aclaratoria de la sentencia dictada en fecha en fecha 18 de junio de 2009, por este Órgano Jurisdiccional, razón por la cual debe dejarse sentado que donde dice: ROMERO MARCOS PASQUA ANDRADE, debe decir "ROMEO MARCO PASQUA ANDRADE".
Asimismo, se acuerda expedir por secretaria copias certificadas de la presente decisión.
En virtud de la naturaleza del fallo no hay especial condenatoria en costas.
Publíquese y regístrese la presente decisión.