DISPOSITIVA
Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de Séptimo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Habiendo el acusado admitido los hechos que le atribuye el Ministerio Público de forma libre, voluntaria y sin coacción, SE DECLARA Y CONDENA al ciudadano JOSE DELFIN ACEVEDO MOSQUEDA, titular de la cédula de identidad N° V-4.543.043, a cumplir la pena de CINCO (05) MESES DE PRISIÓN, más las penas accesorias de ley por el delito de FALSIFICACIÓN DE SELLOS PÚBLICOS, previsto y sancionado en el artículo 306 del Código Penal. SEGUNDO: Se modifica la medida cautelar sustitutiva a la privativa de libertad, y se acuerda la medida cautelar sustitutiva a la privativa de libertad, de conformidad con el artículo 242 numeral 9° del Código Orgánico Procesal Penal, consistent.....