SEGUNDO
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA DEMANDA que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, fuera incoada por el ciudadano RAFAEL HENRÍQUEZ FARINHA, contra la ciudadana PEDRO MIGUEL RODRÍGUEZ y ANNELISSE COROMOTO BRAVO GUEVARA, todos identificados anteriormente.
En consecuencia, se declara resuelto el contrato de arrendamiento celebrado en fecha 01 de Octubre de 2005, que tenía por objeto un inmueble constituido por un apartamento ubicado en el Edificio EDINERCA, Piso 04, y distinguido con el No.4-A, situado en la Calle Rivas Dávila de la ciudad de La Victoria, Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, por lo que la demandada deberá entregar el antes identificado inmueble y restituirlo al arrendador RAFAEL HENRÍQUEZ FARINHA, o.....