Por los argumentos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Penal Estadal y Municipal en Funciones de Control Quinto del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal DECRETA MEDIDA JUDICIAL DE PRIVACIÓN PREVENTIVA DE LIBERTAD A LOS IMPUTADOS: INDOMAR SMITH BARRIOS VASQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 23.904.827, CESAR JESUS BARRIOS VASQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 16,795.957, YANETH ROSIRIS ALVAREZ, titular de la cédula de identidad Nº 9.609.899, ANAEL ADALBERTO NEGRETE AGUERO, titular de la cédula de identidad Nº 7.129.808. Debiendo ser recluidos de manera inmediata en la SUB-DELEGACIÓN BARQUISIMETO CUERPO DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS PENALES Y CRIMINALISTICAS, hasta tanto se tenga conocimiento de que centro de reclusión los aceptan vista la si.....