DISPOSITIVA
Con fuerza en la motivación anterior esta Sala Dos de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando a tenor de lo pautado en el artículo 428 y 442 ambos del Código Orgánico Procesal Penal, emite el siguiente pronunciamiento:
UNICO: ADMITE el recurso de apelación interpuesto por el abogado REINALDO ISEA CHIRINOS, en su carácter de Defensor Privado de los ciudadanos MENDEZ MARIELA JANETH, ESCOTE MENDEZ DALIA BERTA, RIVAS KINOSKI MERCENELSARY, RIVAS MAIRUBY LEIDYMAR y PAIVA ROSAS YOEL JOSE, en contra la decisión dictada en fecha 26 de noviembre de 2013, por el Juzgado Trigésimo Sexto (36°) de Primera Instancia en funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, mediante la cual acordó a sus representados la Medida de Privación Judicial de Libertad, de conformidad con los artículos 236 numerales 1, 2 y 3, articulo 237.....