DISPOSITIVA
Por todas las razones anteriormente señaladas, este Tribunal Único de Ejecución de la Sección de la Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial del estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: UNICO: DECLARA EL REBELDIA Y DECRETA LA UBICACION del ciudadano C.D.M.G.(IDENTIDAD OMITIDA, por encontrarse incurso en el delito ROBO AGRAVADO DE VEHICULO AUTOMOTOR, previstos en los artículos 5 y 6 de la Ley Contra el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, de conformidad con lo pautado en el artículo 617 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y a tales efectos, se ordena librar los oficios al Centro de Coordinación Policial Mariño I, Turmero, Estado Aragua. Notifíquese a la parte fiscal y defensor. Cúmplase.
LA JUEZ,
ABG. ZULY REBECA SUAREZ GARCIA
LA SECRETARIA,
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