IV. DECISIÓN
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia Civil Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia emanada de los ciudadanos y ciudadanas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda por DAÑOS Y PERJUICIOS, intentada por la abogada MARÍA GLADYS GONZÁLEZ DE ROJAS, inscrita en el inpreabogado bajo el Nro. 86.218, actuando como apoderada judicial de la ciudadana SANDRA MERCEDES MAIA DE ROJAS, titular de la cédula de identidad Nro. V- 8.607.144, contra la SOCIEDAD MERCANTIL ZANELLI DE VENEZUELA, S.A., de este domicilio inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 27 de noviembre de 1987, bajo el Nº 131, Tomo 267-A, de los libros respectivos. SEGUNDO: Conforme a lo dispuesto en el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil, se condena al pago de las costas a la .....