Este Juzgado Primero de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, DECLARA PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda de Desalojo, incoada por el ciudadano EDGAR FELIPE MUÑOZ OCHOA antes identificado, contra el ciudadano SAEL DELGADO ÁLVAREZ, antes identificado. En consecuencia, se le ordena a la parte demandada, ciudadano SAEL DELGADO ÁLVAREZ, a lo siguiente: PRIMERO: a entregar la habitación tipo estudio ubicada en el barrio La Cooperativa, Calle La Lagunita Nº 52, totalmente desocupado, libre de personas y bienes. SEGUNDO: En cuanto al pago de los cánones de arrendamiento esta sentenciadora observa, que el desalojo demandado se fundamenta en la falta de pago de los cánones de arrendamiento, en consecuencia, la pretensión de pago de los alquileres es excluyente a la pretensión de desalojo, toda vez que si se condena a pagar los alquileres hasta la fecha.....