III. DISPOSITIVA
Con fundamento en las consideraciones de hecho y derecho ut supra, este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el abogado EDUARDO DÁVILA NEWMAN, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 26.949, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, ciudadano JAVIER PÉREZ ECHEVERRI, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-15.275.498, contra de la decisión de fecha 31 de marzo de 2011, dictada en la presente causa por el Juzgado Segundo de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la interposición del recurso dada la naturaleza del fallo.
TERCERO: Notifíquese a las partes de la presente de.....