Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Vigésimo Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA la CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES, decretada por este Tribunal en fecha 21 de octubre de 2010, a los ciudadanos LISBEY DEL VALLE RAMIREZ Y JORGE RAFAEL CORTEZ RIVERO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la cédula de identidad Nros. V-13.463.382 Y 14.201.577, respectivamente, fundamentada en los Artículos 185, 188, y 189 Y 190 del Código Civil y en consecuencia queda DISUELTO por Divorcio, el vínculo conyugal que los une, contraído en fecha 17 de noviembre de 2007, ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Altagracia, del Municipio Libertador del Distrito Capital.-
Liquídese la comunidad conyugal.
Notifíquese a las Autoridades correspondientes.
Asimismo, se .....