DECLARA REDIMIDA LA PENA QUE LE FALTA POR CUMPLIR, al penado OCHMAR LEREANMAR OCHOA MARQUEZ, Titular de la cédula de identidad Nº V- 18.609.535, le redime la pena en un lapso de: TRES (3) MESES NUEVE (9) DIAS Y DOCE (12) HORAS, que sumados a lo que lleva cumplido al día de hoy (30-03-2017), de CUATRO (4) AÑOS, CINCO (5) MESES Y VEINTICINCO (25) DIAS, da un total de pena cumplida de CUATRO (4) AÑOS, NUEVE (9) MESES Y CUATRO (4) DIAS Y DOCE (12) HORAS., faltándole por cumplir de la pena impuesta SEIS (6)AÑOS, DOS (2) MESES Y VEINTISIETE (27) DIAS, que los terminará de cumplir el día 26/06/2023, todo de conformidad con los artículos 3 y 5 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por el Trabajo y el Estudio, en concordancia con los artículos 496 y 497 ambos del Código Orgánico Procesal Penal. Remítase copia certificada de la presente decisión al Director de la Penitenciaria General de Venezuela (PGV). Notifíquese al Fiscal Undécimo del Ministerio Público y al defensor. Impóngase al p