En atención a lo antes expuesto, éste Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDA LA DEMANDA de Recurso de Abstención o Carencia, interpuesta por el ciudadano JOSÉ ARMANDO SOSA O., venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-9.654.809, abogado en ejercicio e inscrito en el I.P.SA., bajo el Nº 48.464, en contra de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTADO MONAGAS (MATURÍN), vista la omisión, pasividad y retardo de dicho ente administrativo en pronunciarse sobre los cierres de los casos existentes, que impiden el otorgamiento de la SOLVENCIA LABORAL, ante la Inspectoría del Trabajo del Estado Zulia, a fin de realizar los trámites respectivos ante la Comisión de Administración de Divisas (CADIVI) hoy CENCOEX, y ante la estatal Petróleos de Venezuela, S.A. (PDVSA).