REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.-
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
MATURIN, VEINTINUEVE (29) DE MARZO DEL AÑO DOS MIL VEINTITRÉS
212° y 164°
Vista la diligencia de fecha 21 de marzo del presente año, suscrita por la ciudadana MARIA PINO PAREDES, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 41.067, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte demandada, identificada y acreditada en autos, mediante la cual APELA de los autos de fecha 17 de Marzo del año 2023, que corren insertos en los siguientes folios: 217 y 218; 220 y 221 del presente expediente; y en virtud de que las peticiones solicitadas fueron negadas mediante autos de fecha 17/03/2023, razón por la cual este tribunal no considera procedente dicha solicitud, en razón de lo expuesto es forzoso para esta sentenciadora Negar dichas apelaciones. Y así se decide.-
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