DISPOSITIVA
En razón de lo antes expuesto, este Juzgado en (Función de Ejecución) de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere los artículos 646 y 647 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, DECRETA: PRIMERO: LA CESACION de la medida de LIBERTAD ASISTIDA Y REGLAS DE CONDUCTA, comprobado como ha sido el cumplimiento de la referida medida, por parte de el ciudadano: XXXXX SEGUNDO: Se acuerda IMPONER al sancionado del cumplimiento de la medida de SERVICIO A LA COMUNIDAD por el lapso de SEIS (6) MESES, para el día 07 de mayo de 2008. Ofíciese al programa de Libertad Asistida Y oficina de Alguacilazgo. Notifíquese a las partes. Dado, firmado y sellado en la Sala del Juzgado en (Función de Ejecución) de la Sección Penal de Responsabilidad del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua.....