Por tales consideraciones, con fundamento a la doctrina y la jurisprudencia patria, este Tribunal Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: la COSA JUZGADA en la presente causa que intentara la ciudadana IMELDA JOSEFINA GONZÁLEZ DE RAMÍREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-2.508.813, contra el ciudadano LUÍS ESTEBAN RAMÍREZ GALVIS, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-1.557.019, respectivamente. En consecuencia, se declara la INADMISIBILIDAD de la presente causa. Cúmplase.-
Con relación a la suspensión de la medida solicitada por la parte actora este tribunal se pronunciara por auto separado en el Cuaderno de Medidas que a tal efecto se ordena aperturar.