Se declara CON LUGAR la apelación intentada por la ciudadana MARIA JOSE PAEZ FONSECA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.611.717, asistida por la abogada MARITZA VILLEGAS MORAN, Defensora Pública 03, adscrita a la Defensa Pública del estado Aragua, contra la Decisión Interlocutoria Con Fuerza de Definitiva de fecha 18 de febrero de 2011, dictada por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Estado Aragua, en la que se declaró terminado la demanda de Obligación Alimentaría interpuesta por la misma, en nombre y representación del niño (cuyo nombre se omite de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA), por falta de asistencia de la parte actora a la audiencia preliminar de mediación, ya que se considera como justificada tal incomparecencia, en consecuencia se revoca la providencia antes señalada y se ordena la remisión del expediente al Juzgado.....