Por las motivaciones que anteceden, este Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1°) CON LUGAR la defensa de prescripción opuesta por la codemandada Centro Materno del Este C.A. y en consecuencia, se declara SIN LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos interpuesta en su contra por la ciudadana Kedith Palacios, ambas partes plenamente identificadas.
2°) SIN LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos, incoada por la ciudadana Kedith Palacios contra la sociedad mercantil Centro de Atención Médico Quirúrgica Vidamed C.A. ambas partes plenamente identificadas.
3°) Se condena en costas a la demandante de acuerdo a lo previsto en el Artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.