Sobre la base de los fundamentos de hecho y de derecho analizadas, este Tribunal Penal en función de Séptimo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Condena, conforme al Artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano YOSBEL LEONARDEZ VELASQUEZ, titular de la cedula de identidad N° V-25.314.629, Venezolano, de estado civil Soltero, de 25 años de edad, fecha de nacimiento 10-10-1996, natural de MARACAY, ESTADO ARAGUA, profesión u oficio: Obrero, residenciado en: FRANCISCO DE MIRANDA, CALLE RIO ARAUCE, CASA NUMERO 33, ESTADO ARAGUA. TELEFONO 0412-145.5874 (ARRESTO DOMICILIARIO), a cumplir la pena de SEIS (06) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÓN, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el Artículo 458 del Código Penal Vigente, pena ésta que habrá de cumplirse en la forma y condicion.....