Se da por recibido el presente expediente signado con el N° 2469-10, constante de Una Pieza, con Diecisiete (17) folios útiles, contentivo de solicitud de únicos y universales herederos, presentada por la ciudadana MARIA MAGDALENA PÉREZ DE NUÑEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-1.449.258, remitido por el Juzgado Tercero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas Primero de los, anexo oficio signado con el Nro. 421-10 de fecha 21 de julio de 2010, quien declino la competencia por el territorio, mediante auto de igual fecha, en razón del territorio, por lo que este Tribunal, de conformidad con lo establecido en el Articulo 28 del Código de Procedimiento Civil, asume la competencia de la misma. Désele entrada, anótese en el libro correspondiente llevado por este juzgado.-
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. LUIS SALAZAR RAMÍREZ
LA SECRETARIA
ABG. EGLEE ROJAS
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.....