Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1.- COMPETENTE, para conocer y decidir el presente recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por el ciudadano EDUARD JOSE CARREÑO PAEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.895.617, debidamente asistido por la abogada LAURA CAPECCHI D y GIOCONDA YASELLI, inscritas en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 32.535 y 18.205,, contra el INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLÍCIA MUNICIPAL DE CHACAO, mediante la cual solicitó la nulidad del acto administrativo contenido en la Resolución Nº 018-2011 de fecha 21 de septiembre de 2011, que acordó su destitución.
2.- SIN LUGAR la presente querella funcionarial.
Publíquese, regístrese y notifíquese al Síndico Procurador del Municipio Chacao del Estado Boli.....