- III -
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: INADMISIBLE la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoada por el ciudadano JHONNY DEL CARMEN REYES VENEGAS, venezolano, mayor de edad, de profesión medico y titular de la cédula de identidad No. V-9.505.840, procediendo en su carácter de representante legal estatutario de la "FUNDACIÓN ÚLTIMA FRONTERA" asociación civil, contra la Sociedad mercantil "AUTOMERCADO C.A"; previamente identificadas.
Por la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente Decisión en el copiador de sentencias correspondiente.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA CERTIFICADA.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quint.....