IV. DISPOSITIVA
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Bancario y Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CONCEDE FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la declaratoria de divorcio dictada en fecha 26 de octubre de 2021, por la Notaria Sexta del distrito Metropolitano, de la Ciudad de Quito de la República de Ecuador, apostillada en fecha 26 de noviembre de 2021, producto de la procedencia de la solicitud de exequátur formulada por la ciudadana BRUNA EMILIA PÉREZ DE GÓMEZ, titular de la cédula de identidad No. V-4.367.873, asistida por la abogada EGLEE MARTINEZ, Inpreabogado Nro. 154.658.
No hay pronunciamiento sobre costas en virtud de la naturaleza de la presente sentencia.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada, de conformidad a lo se.....