Por todos los planteamientos de hechos y de derechos anteriormente expuestos, es que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PROCEDENTE LA PRETENSIÓN DEL RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA, por la ciudadana: DILIA MARGARITA INFANTE MURO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-6.289.632, en representación del ciudadano MAIKER JOSE SANCHEZ INFANTE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V.-19.268.431, debidamente asistida por la abogada MARIA TERESA PEREZ PEREZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado, bajo el N° 169.454, en contra de los ciudadanos DELIA JOSEFINA ESPINOZA DE ARAUJO y JOSE VICTOR ARAUJO JEREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nro. V.-7.306.461.....