Se HOMOLOGÓ el CONVENIMIENTO DE OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN presentado por la abogada LUISANA DEL NOGAL en su carácter de Defensora Pública Décima Cuarta (14°), a petición de los ciudadanos EDGAR MANUEL ESPINOZA BRACHO y RINA ANDREÍNA MORALES TREJO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.626.751 y V-13.477.721 respectivamente.