Este juzgador observa que en fecha 15-03-2015, el Tribunal de Control violencia de genero, del Circuito Judicial Penal del Estado Aragua, realizo audiencia de presentación del detenido ULBINO ANTONIO TORRES: y la representación Fiscal les precalifico para ese momento el delito de COMPLICE O COOPERADOR NECESARIO DE FEMICIDIO Y LESIONS A UN NIÑO, previsto y sancionado en el articulo 84 NUMERAL 3, del Código Penal, ya en fecha 27 de abril se recibió ACUSACION FISCAL, donde la representación Fiscal los acusa por delito de: COOPERADOR INMEDIATO EN EL DELITO DE FEMICIDIO AGRAVADO, LSIONES previsto y sancionado en los artículos 58 de la ley Orgánica del derecho de la mujer a una vida libre de violencia , previsto y sancionado en los artículos 83, y 413 del Código Penal, en perjuicio de la ciudadana: YOANDI ESTEFANIA RODRIGUEZ GUZMAN. Ahora bien, observa este juzgador que el causante de la muerte de la referida ciudadana, según las investigaciones realizadas por el Ministerio Publico .....