Este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de Divorcio por desafecto formulado por la ENEYDA YULY GONZALEZ DE NAVARRO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-11.987.151 y de este domicilio con el ciudadano JAIRO ALFREDO NAVARRO GAMARRA, titular de la cédula de identidad Nº 11.797.831 SEGUNDO: En consecuencia del particular anterior se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía y contraído por ante LA PREFECTURA DEL MUNICIPIO GIRARDOT DEL ESTADO ARAGUA, según acta de matrimonio Nº 133, TOMO I, de fecha 04 de Diciembre del año 1998.