Por las razones anteriormente expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, con Sede en Cagua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente Solicitud de DIVORCIO 185-A, presentada personalmente por el Ciudadano: FELIX OMAR DIAZ; Contra su Cónyuge, Ciudadana: ROSARIO DEL VALLE GUILARTE CARREÑO, identificada suficientemente en autos. En consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía, contraído, en fecha 02 de Marzo de 1.973, segùn se evidencia en Acta de Matrimonio emanada del Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres del estado Monogas, la cual se encuentra inserta bajo el Nº 3, en los Libros respectivos de Registro Civil de MATRIMONIOS llevados ante el Despacho, durante el año Mil Novecientos Setenta y tres (1973).
En cuanto a los DOS (02) hijos procreados durante la unión matrimon.....