Por todo lo anteriormente expuesto este Tribunal Primero de Ejecución del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda AUTORIZACION para que el penado ALFRAIDE JOSE BETANCOURT DIMAS, PERNOCTE en el área del Economato del Internado Judicial Penal del Estado Monagas, donde labora por instrucciones de este tribunal. Asimismo, se ordena ratificar oficio al Director del Internado Judicial del Estado Monagas, a los fines de incluir a dicho penado en Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa para el otorgamiento del Beneficio de Redención de la Pena por el Trabajo o el Estudio. Asimismo, se ordena ratificar oficio a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario a los fines de la realización de los estudios Psicosocial para el beneficio de Régimen Abierto por el cual opta. Ofíciese lo conducente. Notifíquese de esta decisión. Cúmplase.
EL JUEZ,
ABG. ARQUIMEDES J. NUÑEZ.
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