Por los fundamentos antes expuestos este tribunal superior administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido el 21 de mayo de 2008 por la abogada MICELIS RÍOS NORIEGA en su carácter de co-apoderada judicial de la parte actora ciudadano VALERIANO CAVADA FARTO contra el auto dictado el 16 de mayo de 2008 por el Juzgado Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Queda CONFIRMADO el auto apelado.
De conformidad con lo establecido en el artículo 281, se imponen las costas del recurso a la parte apelante.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de esta sentencia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Décimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en la ciudad de Caracas, a los veintinueve (2.....