En vista de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Segundo de los Municipios Maturín Agusay Santa Bárbara y Ezequiel Zamora de la circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que me confiere ley, declara CON LUGAR La demanda de RECTIFICACION DE PARTIDA DE NACIMIENTO, de la ciudadana: LISBETH JOSEFINA CORDERO BLANCA, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 12 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con los Artículos 501 del Código Civil y lo pautado en el Artículo 773 del Código de Procedimiento Civil, y previo los trámites de Ley se ordena a la Directora de Registro Civil de Municipio Ezequiel Zamora y al Registrador Principal del Estado Monagas, hacer la debida nota marginal en el PARTIDA DE NACIMIENTO. Que se asiente la Nota Marginal en el Acta de Nacimiento de la ciudadana: LISBETH JOSEFINA CORDERO BLANCA la cual se encuentra inserta en el acta 235 de fecha 21 de Noviembre d.....