Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA., administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por los ciudadanos ROSIMAR DOMINGUEZ CAUCHO Y NAUDY RAFAEL INOJOSA LINAREZ venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-14.691.928 y V-9.619.676 respectivamente, En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante 25 DE OCTUBRE DE 1994 la prefectura Jose Antonio Paez, del Estado Aragua, según acta No. 747, tomo 4, del año 1994,, de los libros de matrimonio llevado por esa oficina. Asimismo, se decreta el EJECUTESE DEFINITIVO de la presente sentencia, a los efectos de los Artículos 475 y 507 del Código Civil. Expídanse Copias Certificadas de la Sentencia que f.....