Este Juzgado Único de Primera Instancia del Circuito Judicial Con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: Se declara INADMISIBLE, la acción de amparo propuesta por el ciudadano para conocer de la presente acción de amparo constitucional interpuesto por el ciudadano NELSON JOSÉ LEAL ANTIONAZZI, venezolano, mayor de edad, hábil en derecho, abogado en ejercicio, titular de la cédula de identidad Nro. V-7.256.840, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 74.336, de 45 años de edad, domiciliado en Fundación Maracay II, Etapa IU-IV, piso 1, Apto. 52-12, Parroquia Andrés Eloy Blanco, Municipio Girardot, Maracay Estado Aragua, actuando en su propio nombre, contra la Abg. SONSIRET GUERRA D´ VERDE, Fiscala Vigésima Quinta (25°) del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del E.....